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CLUB DE DOMINO MOCAMBO

 

ESTATUTOS

 

Dr. Nelson Contreras Delgado

I.P.S.A. 7236

 

CAPITULO 1. Denominación, Objetivo, Duración, Ubicación.

1.        Denominación.  EL CLUB de Dominó es una asociación civil, sin fines de lucro, la cual se denominará  CLUB DE DOMINO “MOCAMBO”. En lo sucesivo y para todos los efectos se utilizarán indistintamente los términos EL CLUB o CLUB DE DOMINO “MOCAMBO” para referirse a esta organización.

2.        Objetivo.  El objetivo de EL CLUB será la de practicar y fomentar el deporte del dominó, estimular el contacto personal y social entre los jugadores de dominó y fortalecer los lazos de amistad entre ellos, a través de la realización permanente de partidas, reuniones, encuentros, torneos y competencias del mismo, propiciando el sano esparcimiento, la difusión de conocimientos dominocísticos y la realización de actividades recreativas y de esparcimiento complementarias.

3.        Duración. EL CLUB tendrá una duración ilimitada.

4.        Domicilio.  EL CLUB tendrá su domicilio principal en la Conurbación  metropolitana Barcelona-Lechería-PuertoLaCruz-Guanta  y provisionalmente utilizará las instalaciones del Club Social “MOCAMBO”, pudiendo en el futuro fijar otras sedes en cualquier lugar del Estado Anzoátegui.

CAPITULO 2. De la Organización.               

5.        De los miembros. EL CLUB estará conformado por las personas que manifiesten por escrito su intención de pertenecer al mismo y cumplan los requisitos establecidos en estos estatutos.

La incorporación al Club, confiere la condición de miembro activo e implica los deberes y derechos correspondientes.

Los miembros se clasifican en: Activos. Directivos y Honorarios.

Miembros Activos. Todos aquellos quienes habiéndose inscrito se mantengan  actualizados con el pago de sus cuotas de afiliación periódicas. En caso contrario pasan a condición de morosos, hasta que actualicen su situación financiera. Las condiciones para ser miembro activo son: ser mayor de edad, ser admitido por la Junta Directiva, ser persona de reconocida honorabilidad y cumplir las normas establecidas en estos estatutos.  La condición de miembro activo se pierde por:  a) Renuncia voluntaria.   b) Morosidad de tres (3) ó mas meses en el pago de las cuotas mensuales.  c) Violación grave de las Normas Estatutarias.  d) Expulsión por los órganos competentes  e)  muerte.  

Miembros Directivos. Aquellos miembros activos que han sido elegidos por la Asamblea para ocupar cargos en la estructura de la Junta Directiva de EL CLUB.

Miembros Honorarios. Aquellas personas que sin ser miembros activos, debido a su calidad humana o a sus acciones en beneficio de EL CLUB, hayan sido merecedores de tal distinción por decisión de la Asamblea.

6.        De la Asamblea. El conjunto total de los miembros constituye la Asamblea, la cual será la autoridad máxima de la organización. La misma elegirá anualmente de su seno a los miembros de la Junta Directiva de EL CLUB y se reunirá semestralmente (reuniones ordinarias), o cuando sea necesario (reuniones extraordinarias). La Asamblea discutirá y aprobará estos estatutos y sus futuras modificaciones, velará por su cabal cumplimiento y tomará las decisiones necesarias para el buen funcionamiento de EL CLUB, asimismo delegará las funciones administrativas en la Junta Directiva.

7.        De las Funciones de la Junta Directiva.

7.1. Corresponde a la Junta Directiva la gestión administrativa de El Club y su representación ante terceros, para lo cual podrá suscribir los documentos públicos o privados que fueren necesarios a tal fin. Se reunirá al menos una vez a la semana o cuando los intereses de El Club así lo requieran.

7.2.La Junta Directiva de EL CLUB estará conformada por cinco (5) miembros, elegidos en la Asamblea Anual Ordinaria, quienes ocuparán los cargos de Presidente, Coordinador Técnico, Administrador, Secretario y Relacionista Público. La duración de los directivos en sus funciones será de un (1) año.  Se describen seguidamente las funciones de cada uno de dichos cargos en la Junta Directiva de EL CLUB.

Funciones del Presidente. Coordinar las actividades diarias de El Club; Presidir las reuniones de Junta o de Asamblea sean ordinarias o extraordinarias; Tomar decisiones. Ser el Representante oficial de El Club. Abrir y movilizar cuentas bancarias conjuntamente con el Administrador, Suscribir la correspondencia conjuntamente con El Secretario. Asistir a  reuniones Federativas y de Clubes similares.  Otorgar mandato a abogado de su confianza previa autorización de la Junta Directiva, pudiendo dar las facultades que considerare conveniente a la mejor defensa de los derechos e intereses de El Club, entre ellas convenir, desistir, transigir; darse por citado o notificado y cualquier otra.

Funciones del Coordinador Técnico. Organizar y Controlar conjuntamente con el Presidente: Competencias y Torneos, Base de Datos e Información de EL CLUB, Supervisar la aplicación fiel de los Reglamentos Internos, de la FVD y ADEANZ. Coordinar actividades comunes con el Administrador. Efectuar suplencias al presidente en su ausencia.

Funciones del Administrador. Organizar y Controlar: Cobranzas, Pagos, Cuentas Bancarias y Depósitos, Firmar cheques conjuntamente con el Presidente,  Facturas, Presupuesto Anual (Gastos e Inversiones), Inventario de Bienes. Contabilidad. Premiaciones y Trofeos. Recibir donaciones y contribuciones.

Funciones del Secretario. Organizar y Controlar: Registro de Socios. Comunicaciones internas y externas. Documentación y Archivo. Fotocopiado. Actas de Reuniones, y llevar los libros de El Club, tales como el de Actas de Asambleas y de Reuniones de Junta Directiva, de Asociados y cualquier otro.

Funciones del Relacionista Público. Organizar y Controlar: Relaciones Públicas Internas y Externas. Publicidad, Promoción y Divulgación, Logística de Torneos. Asimismo, actuando conjuntamente con el Administrador, podrá realizar actos para el logro de Colaboraciones y Donaciones a favor de El Club.

8.        De la Afiliación a la FVD y las Licencias Federativas. EL CLUB promoverá su participación en competencias oficiales organizadas por la Federación Venezolana de Dominó (FVD) y/o por la Asociación de Dominó del Estado Anzoátegui (ADEAZ) y para tales fines hará las gestiones administrativas necesarias para obtener las Licencias Federativas o permisos respectivos, bien sea a nivel de Clubes, Equipos, Parejas o Jugadores, según sea el caso, y siempre y cuando los jugadores involucrados sean miembros activos de EL CLUB,  todo ello en concordancia con lo establecido en las Normas y Reglamentos de dichas organizaciones.

9.        Del Ranking ó Clasificación. EL CLUB realizará competencias internas en las cuales medirá el nivel de juego de sus miembros y mantendrá un registro de Clasificación o Ranking por categorías (Experto, Intermedio,…, Novato) y adaptará éste a la clasificación de jugadores por fuerza de juego de la FVD [ a) Nivel Gran Maestro.   b) Nivel Maestro. c) Primera Categoría. d) Segunda Categoría y e) Tercera Categoría ] a efectos de: Promover Jornadas de Mejoramiento del juego, Lograr mayor balance competitivo en los torneos internos, Otorgar premios por categorías, Estimular la Promoción de los miembros más destacados hacia los niveles superiores, Facilitar la designación de jugadores a Torneos Externos por categorías, cumplir compromisos con la FVD o la ADEAZ.

CAPITULO 3. De la Infraestructura y las Instalaciones. 

10.     EL CLUB utilizará la infraestructura física y las instalaciones del Club  Social “MOCAMBO”, anteriormente citado. A efectos de conservar esta facilidad, planificará y realizará planes periódicos de mantenimiento y conservación del local y los bienes asignados, cuyos gastos serán sufragados con fondos de EL CLUB.  EL CLUB DE DOMINO “MOCAMBO” podrá proponer proyectos de ampliación y/o mejoras del local, las instalaciones y el mobiliario y someterlos a consideración de la Junta Directiva del Club Social,  cuya aprobación será necesaria para poder ejecutar dichos proyectos. Iguales acciones de mantenimiento periódico aplican a los bienes y mobiliario propios.

CAPITULO 4. De EL Patrimonio.

11.     De los Bienes.  EL CLUB podrá adquirir, arrendar u obtener en préstamo todos los Equipos, Mobiliario y Materiales que considere necesarios para cumplir con sus objetivos deportivos y sociales. Estos bienes estarán debidamente registrados en sus documentos contables y de Inventario, a efectos de cuantificar y mantener actualizado su valor y de cumplir principios de una sana administración.

12.     De las Finanzas.  Los ingresos de EL CLUB se originarán en las Cuotas Mensuales, las Asignaciones y las Colaboraciones.

13.     Cuota Mensual. Cada miembro cancelará mensualmente la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (10.000,oo Bs./Mes) por concepto de cuota mensual ordinaria.  Esta cantidad será cancelada los días 30 de cada mes ante el Administrador de EL CLUB, quien emitirá el recibo correspondiente.

14.     Asignaciones. Se clasifican aquí posibles montos fijos de dinero recibidos por EL CLUB como contribución de terceros.

15.     Colaboraciones. Se incluyen en este grupo los aportes eventuales de dinero recibidos de terceros o de miembros de EL CLUB que así lo decidieren. Eventualmente la Junta Directiva de EL CLUB podrá acordar colaboraciones especiales a todos los socios o a parte de ellos según sea el caso, para cubrir gastos urgentes no planificados.

16.     Gastos. EL CLUB tendrá Gastos Fijos y Gastos Variables.

Gastos Fijos: (Alquiler Local, Mantenimiento, Materiales, Labor, etc.).

Gastos Variables: Servicios (Electricidad, Teléfono, Internet, Servicios contratados, Afiliaciones Federativas,  etc.)

CAPITULO 5. De las Actividades deportivas.

17.     EL CLUB realizará actividades deportivas periódicas y eventuales. Las actividades periódicas son las reuniones de los miembros en la sede de EL CLUB para jugar dominó, las reuniones de Junta Directiva, sesiones de adiestramiento, prácticas y charlas divulgativas. Las mismos se realizarán de Lunes a Jueves. Los Domingos se efectuarán actividades sociales y deportivas variables, previa solicitud formal a la Gerencia del Club Social MOCAMBO.  Todas las actividades serán en el horario comprendido entre las 5:00 p.m. y las 12:00 p.m. en los días señalados  Las Actividades eventuales incluyen competencias o Torneos de los siguientes tipos: Internos, Regionales, Nacionales, Internacionales y De Terceros.

Internos. Todas aquellos Torneos organizados internamente por EL CLUB para cumplir sus objetivos.

Regionales. Aquellos torneos del Estado Anzoátegui o de la Zona Oriental, en los cuales EL CLUB participe como Equipo, o a través de parejas o jugadores en su representación.

Nacionales. Aquellos torneos realizados en cualquier otro Estado diferente al Estado Anzoátegui o a la Zona Oriental, en los cuales EL CLUB participe como Equipo, o a través de parejas o jugadores en su representación o en representación del Estado Anzoátegui.

Internacionales. Aquellos torneos en otros países, en los cuales EL CLUB participe como Equipo, o a través de parejas o jugadores en su representación, o en representación de la República Bolivariana de Venezuela.

En estos cuatro últimos tipos, la Junta Directiva de EL CLUB coordinará con los entes organizadores y con los miembros de EL CLUB los lugares, las fechas y los horarios de competencia, e informará oportuna y debidamente a los involucrados en las mismas.

De Terceros. EL CLUB podrá asesorar a terceros para la formación de Clubes y para la realización de torneos. Igualmente podrá ceder las instalaciones de EL CLUB a terceros durante UN DIA (1), para la realización de Torneos.  En este caso se informará con suficiente anticipación a los miembros que las instalaciones no estarán disponibles para ellos en la fecha respectiva.  En estos casos promoverá y solicitará la participación de equipos o jugadores de EL CLUB en dichos torneos.

 

CAPITULO 6. De las Normas Internas.

18.     La máxima autoridad de EL CLUB es la Asamblea.  La Asamblea delega las Funciones Administrativas en la Junta Directiva de EL CLUB, por ello y hasta la realización de la primera Asamblea del Año 2006, se designa a las siguientes personas para ocupar los cargos directivos: Presidente: Rina Cruz, cédula de identidad Nª 8.293.736, Coordinador Técnico: Moisés S. Reyes, cédula de identidad Nª 2.144.134, Administrador: Miguel Morao, cédula de identidad Nª 2140.073,  Secretario: Patricia Pérez  Araque, cédula de identidad Nª 11.902.447, y Relacionista Público: Francisco Torres, cédula de identidad Nª 4.868.782.  Estas personas y quienes les sucedieren,  en su carácter de directivos serán responsables de cumplir y hacer cumplir los Estatutos  de EL CLUB aprobados por la Asamblea y sus futuras modificaciones. Adicionalmente y para asegurar el eficiente funcionamiento de EL CLUB, la Junta Directiva debe y está facultada para crear otros Reglamentos Internos complementarios, tales como el del Código de Etica y Disciplina, el de Funcionamiento de la Junta Directiva y otros, los cuales dependiendo de su alcance y características, pudieran ser sometidos a la aprobación de la Asamblea.  Finalmente todo lo no  previsto en los Estatutos y/o en sus Reglamentos complementarios será resuelto por decisión de la Junta Directiva de EL CLUB.

CAPITULO 7. De las Relaciones.

19.     EL CLUB mantendrá relaciones deportivas y sociales constantes con la Asociación de Dominó del Estado Anzoátegui (ADEAZ), con la Federación Venezolana de Dominó (FVD), con la Federación Internacional de Dominó (FID), Con la Comunidad vecina y con el Municipio.

20.     Con ADEAZ. Esta relación es necesaria para establecer los nexos federativos requeridos para la existencia oficial de EL CLUB como ente deportivo reconocido en el Estado Anzoátegui. ADEAZ establecerá y proveerá la documentación necesaria para tal fin,  creará los registros y comprobantes requeridos y suministrará la Normativa y Reglamentación vigente. De igual manera invitará y promoverá la participación de EL CLUB en los Torneos Oficiales.

21.     Con la FVD. Esta relación es necesaria para lograr posible participación en competencias Nacionales e Internacionales. Como ente rector del deporte del dominó en Venezuela la FVD establecerá la documentación necesaria para tal fin y creará los registros y comprobantes requeridos, así como mantendrá a EL CLUB actualizado en cuanto a la Normativa y Reglamentación Internacional  vigente. EL CLUB se compromete a cumplir cabalmente dicha Normativa y su Reglamentación.

22.     Con la FID. Esta relación será básicamente de tipo informativo, a través de Internet, ya que toda la gestión deportiva se canalizará a través de ADEAZ y de la FVD. EL CLUB deberá divulgar a sus miembros la información importante generada por la FID.

23.     Con la Comunidad. Esta relación se establece con la comunidad vecina a las instalaciones del Club Social, en virtud de las ordenanzas municipales y de las normas de comportamiento social generalmente establecidas. Los miembros de EL CLUB se comprometen a mantener en todo momento una conducta intachable y a tener profundo respeto a las personas de la comunidad y a las normas de buenas costumbres.  Eventualmente y si sus finanzas lo permiten, EL CLUB podrá contribuir con actividades u obras sociales a favor de la comunidad.

24.     Con el Municipio. De igual forma EL CLUB mantendrá formales y amplias relaciones con todas las municipalidades que conforman la zona metropolitana del Estado Anzoátegui. Es decir, de los Municipios: Sotillo, Urbaneja, Bolívar y Guanta y con sus representantes oficiales, cumpliendo las ordenanzas municipales y manteniéndolos informados de sus actividades. Eventualmente podrá invitarlos a participar en competencias de dominó, a afiliarse al Club o a contribuir como patrocinantes a los torneos programados. Si existiesen otros Clubes similares en dichos  municipios, EL CLUB establecerá contacto con éstos a través de las Alcaldías respectivas y/o de ADEAZ y promoverá la relación deportiva necesaria.


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